La Carta di Soggiorno prevista por el D. Legislativo 30/2007, aprobado en actuación de la Directiva Europea n. 2004/38/CE, sobre el derecho de los ciudadanos de la Unión y sus familiares a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros.
La carta di soggiorno tiene una duración de 5 años, renovable, permite trabajar. Dicho permiso puede ser solicitado por los familiares del ciudadano italiano o Europeo.
Los familiares en virtud de la Ley
En el art. 2 del decreto legislativo 30/2007 se precisa quienes son considerados familiares:
1) El Cónyuge;
2) La pareja unida civilmente con ciudadano Italiano o de la Unión Europea, con convivencia debidamente registrada;
La legislación italiana, Ley nº 76 de 20 de mayo de 2016, sobre la “regulación de las uniones civiles entre personas del mismo sexo y regulación de la convivencia” equipara la unión registrada al matrimonio, solo en el caso de parejas del mismo sexo que estén unidas civilmente; por otro lado, los «convivientes de hecho» (dos adultos, unidos permanentemente por lazos afectivos de pareja y conviviendo permanentemente) no se equiparan a los cónyuges;
3) Los descendientes directos: hijos menores y mayores de edad, economicamente a cargo del ciudadano italiano y/o Europeo, los descendientes incluso del cónyuge o de la pareja con unión civil registrada en virtud de la ley 76/2016.
4) Los ascendientes directos (padres, abuelos) economicamente dependiente y los descendientes del conyuge o pareja unida civilmente en virtud de la ley 76/2016.
En el caso de hermanos de ciudadanos italianos y/o Europeos (familiares de segundo grado) tienen derecho al permiso de residencia de conformidad con el art. 19 del Decreto Legislativo 286/1998 y posteriores modificaciones y 28, apartado 1, letra b) del Decreto presidencial – DPR, n. 394/1999 y sucesivas modificaciones. La duración del permiso de residencia es de dos años, renovable. Es necesaria la convivencia con el familiar de segundo grado italiano y/o Europeo.
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