El permesso di soggiorno per cure mediche para la Mujer Embarazada y para su esposo conviviente

La Ley de inmigración contiene disposiciones destinadas a proteger a los ciudadanos extranjeros que se encuentran en determinadas condiciones, para lo cual se prevé la expedición de un permiso de residencia por tratamiento médico “cure mediche”.

Según lo dispuesto en el art. 19 c. 2 lett. d) Decreto Legislativo 286/98, no se permite la expulsión de mujeres embarazadas o mujeres en los seis meses siguientes al nacimiento de su hijo.

De acuerdo con el art. 28 c. 1 letra c) del Decreto Presidencial n. 394/1999, se expide un permiso de residencia para tratamiento médico a la mujer embarazada hasta los seis meses de edad de su menor hijo.  El esposo conviviente de la mujer embarazada y tiene derecho también a solicitar dicho permiso de residencia (así lo ha precisado el Tribunal Constitucional  con sentencia del 27 de julio de 2000, n. 376).

Se requiere la presentación de los siguientes documentos:

– certificación que acredite el estado de embarazo o documentación relacionada con el nacimiento del niño,

– pasaporte o, en su defecto, cédula consular.

El ciudadano extranjero con permesso di soggiorno per cure mediche puede registrarse en el Servicio Sanitario Nacional Italiano (SSN).  Asimismo permiso de residencia es un título válido para la inscripción del ciudadano extranjero en el Registro de la población residente, según establece el artículo 6, párrafo 7, de la Ley de Inmigración.

La realización de trabajos no está reconocida ni expresamente prohibida por ninguna ley.

El permiso de residencia por embarazo puede convertirse en un permiso de residencia por motivos familiares de conformidad con el artículo 30 de la Ley de Inmigración, D. Legislativo 286/98.  

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Avv. Grimaneza Victoria

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